Dudas frecuentes sobre la mediación


¿A quien va dirigido?

Personas chilenas y extranjeras que tengan:

·         Residencia dentro del territorio nacional.

·         Los datos de contacto de la persona con la que se desea mediar.

Detalles

La Ley establece que, antes de comenzar un juicio, las partes deben asistir a un centro de mediación para intentar llegar a un convenio (acuerdo).

Para acceder a la gratuidad, las personas deben acreditar nivel de ingresos, número de integrantes del grupo familiar y capacidad de pago, a través de una declaración jurada simple. Este trámite se realiza en el mismo centro de mediación el día de la citación.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

·         Cédula de identidad.

·         Para agendar hora en línea, debe tener ClaveÚnica.

Si la persona se encuentra en algunos de los tramos de calificación socioeconómica hasta el 90% inclusive, de hogares con menores ingresos del Registro Social de Hogares del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, no requiere de otro documento. En caso contrario, para acreditar el derecho a gratuidad del servicio debe presentar uno de los siguientes antecedentes:

·         Liquidación de sueldo.

·         Certificado de afiliación u otro documento que acredite ser beneficiario o beneficiaria de Fonasa (A, B, C).

·         Cédula de identidad (en caso de los adultos mayores).

·         Finiquito o cobro de subsidio de cesantía (en caso de cesantía).

·         Certificado médico de enfermedad crónica.

·         Certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

·         Certificado de acreditación de la calidad indígena, emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), en caso de pertenecer a una etnia originaria.

·         Cualquier documento en que conste la existencia de una anterior denuncia o demanda de violencia intrafamiliar.

·         Comprobante de pago de subsidios de discapacidad mental, agua potable o del Pilar Solidario.

·         Certificado de beneficiario de algún programa social del Gobierno.

·         Documentos que acrediten que se tiene sobre un 25% de endeudamiento, en relación con las remuneraciones líquidas.

·         Declaración jurada de domicilio, firmada ante notario.

·         Certificado de privilegio de pobreza otorgado por la Corporación de Asistencia Judicial.

·         Certificado de alumno regular de algún programa de estudios de enseñanza media o superior.

¿Qué vigencia tiene?

El acuerdo de mediación aprobado judicialmente se mantendrá vigente mientras se mantengan las condiciones de las partes.

El certificado de mediación frustrada no tiene una duración establecida por ley. Sin embargo, la mayoría de los tribunales le asigna una vigencia de seis meses.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

1.       Haga clic en "agendar hora mediación"

2.       Una vez en el Portal de Usuarios de Mediación Familiar, haga clic en "Clave Única".

3.       Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar". Si no la tiene, solicítela.

4.       Haga clic en "agenda tu hora".

5.       Complete la información requerida, y haga clic en “guardar datos".

6.       Agregue las materias a mediar.

7.       Seleccione la fecha, hora y lugar, según disponibilidad del sistema. Haga clic en "enviar" y luego “confirmar”.

8.       Como resultado del trámite, habrá agendado una hora para la mediación. El sistema le enviará un correo electrónico con la información detallada de la cita. El centro de mediación notificará a la otra parte de la cita.

En oficina

1.       Reúna los antecedentes requeridos.

2.       Diríjase o llame a:

3.       Un centro de mediación licitado (gratuito).

4.       Un mediador privado (con cobro) inscrito en el registro de mediadores familiares.

5.       Explique el motivo de su visita o llamada: agendar una hora de mediación previa y obligatoria.

6.       Entregue los antecedentes requeridos, si corresponde.

7.       Como resultado del trámite, habrá solicitado una hora de mediación.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo en el caso de las tres materias de mediación obligatoria ni para personas con un ingreso autónomo per cápita inferior o igual a $1.241.962.

Las demás personas pueden acceder a centros privados de mediación, los que no pueden cobrar un monto superior a los $96.249 por sesión (individual o conjunta).

Marco legal

Artículo 106º de la Ley Nº 19.968.

 

Fuente: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/2344-mediacion-familiar-previa-y-obligatoria




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